(www.MaritimeCyprus.com) El Convenio SOLAS se considera el más importante de todos los tratados internacionales relativos a la seguridad de los buques mercantes.

Un conjunto de enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) y los Códigos asociados entrarán en vigor el 1 de enero de 2024. Este artículo destaca los cambios que se han adoptado para la actualización de 2024 de SOLAS y sus Códigos asociados.

Las modificaciones de las disposiciones técnicas suelen seguir un ciclo de cuatro años desde su entrada en vigor. Esta noticia destaca enmiendas relacionadas con:

  • Operaciones de amarre seguras
  • Modernización del SMSSM
  • Integridad estanca
  • Puertas estancas en buques de carga
  • Aislamiento de fallos de los sistemas de detección de incendios.
  • Aparatos de salvamento
  • Seguridad de los buques que utilizan GNL como combustible

Operaciones de amarre seguras

Los nuevos requisitos SOLAS pretenden mejorar la seguridad del amarre mediante la introducción de requisitos adicionales para la selección, disposición, inspección, mantenimiento y sustitución del equipo de amarre, incluidas las líneas. 

Será necesario proporcionar y mantener a bordo documentación relativa al diseño de los medios de amarre y la selección del equipo de amarre.

Los nuevos requisitos están incorporados en la Reglamentación SOLAS II-1/3-8 sobre equipos de remolque y amarre, y están respaldados por las siguientes directrices:

  • Directrices sobre el diseño de medios de amarre y la selección de equipo y accesorios de amarre apropiados para un amarre seguro” (MSC.1/Circ.1619)
  • “Directrices para la inspección y el mantenimiento del equipo de amarre, incluidas las líneas” (MSC.1/Circ.1620)
  • “Orientaciones revisadas sobre el equipo de remolque y amarre a bordo” (MSC.1/Circ.1175/Rev.1)

Los requisitos de diseño se aplicarán a los nuevos buques de carga y de pasajeros construidos a partir del 1 de enero de 2024 con un arqueo bruto superior a 3.000, y también deberían aplicarse a los buques de 3.000 arqueo bruto o menos, en la medida de lo razonablemente posible. 

Los requisitos de mantenimiento e inspección se aplicarán retroactivamente a todos los buques.

Modernización del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos

Los requisitos del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (GMDSS) se han modernizado para contener requisitos más genéricos, independientes de proveedores de servicios específicos, y eliminar requisitos de transporte para sistemas obsoletos. 

Además, los requisitos para equipos de comunicación se han trasladado del Capítulo III del Convenio SOLAS sobre dispositivos de salvamento al Capítulo IV sobre comunicaciones por radio. Las definiciones de las áreas marítimas A1 a A4 se han modificado para reflejar que el área geográfica de cobertura puede variar entre varios proveedores de servicios satelitales.

Desde que la OMI adoptó el sistema mundial para la comunicación de información de emergencia en 1988, Inmarsat ha sido el único proveedor aprobado de servicios de comunicación por satélite para el SMSSM. 

En 2018, la OMI también reconoció a Iridium como proveedor de dichos servicios, y la actualización de 2020 de SOLAS reemplazó los términos específicos del proveedor por el más genérico “servicio móvil satelital reconocido”.

Se han introducido las consiguientes modificaciones en los Códigos de naves de gran velocidad (HSC) de 1994 y 2000, el Código de buques para fines especiales (SPS) y el Código de unidades móviles de perforación mar adentro (MODU).

Las enmiendas entrarán en vigor el 1 de enero de 2024. Los certificados SOLAS existentes no tienen que volver a emitirse antes de que expiren como consecuencia de la reorganización de los Capítulos III y IV de SOLAS.

Integridad estanca

Las enmiendas al Capítulo II-1 de SOLAS garantizarán que los requisitos de integridad estanca en las partes B-2 a B-4 capturen el enfoque probabilístico de estabilidad ante daños en las partes B y B-1. Las modificaciones abordan, entre otras cosas, las hipótesis relativas a la inundación progresiva, las válvulas en el mamparo de colisión y la consideración de puertas estancas.

Las enmiendas son el resultado de la experiencia con el Capítulo II-1 revisado de SOLAS después de que se introdujo el enfoque probabilístico de estabilidad de daños en la actualización de 2009 de SOLAS. 

El enfoque evalúa la probabilidad de supervivencia de un buque en caso de avería, en relación con la magnitud y la ubicación del daño. 

Se considera que el enfoque probabilístico ofrece una representación más realista de la condición de un buque en situaciones de avería y permite más libertad con respecto, por ejemplo, a la colocación de mamparos estancos.

Las modificaciones se aplicarán a los nuevos buques de carga y de pasajeros construidos a partir del 1 de enero de 2024 y no tendrán ningún impacto en los buques existentes.

Puertas estancas en buques de carga

Los requisitos para puertas estancas del Anexo I de MARPOL, el Convenio sobre líneas de carga, el Código IBC y el Código IGC se han modificado para armonizar la consideración de puertas estancas en los cálculos de estabilidad ante averías con los mismos en SOLAS. 

Las incoherencias estaban relacionadas con el tipo de puertas estancas (correderas, batientes), con los requisitos técnicos/operativos y con la terminología para la frecuencia de uso de las puertas estancas.

Las enmiendas al Convenio sobre líneas de carga y al Código IBC entrarán en vigor el 1 de enero de 2024, y las enmiendas al Anexo I del MARPOL y al Código IGC entrarán en vigor el 1 de julio de 2024.

Las enmiendas se aplicarán a los buques de carga y no tener algún impacto en los buques existentes.

Aislamiento de fallos de los sistemas de detección de incendios.

Los requisitos para los sistemas de detección de incendios se han ajustado de modo que no sea necesario proporcionar aisladores de cortocircuito en cada detector de incendios identificable individualmente para buques de carga y balcones de buques de pasaje. 

Para los buques de carga, normalmente será aceptable un aislador de cortocircuito por cubierta.

Las modificaciones al Capítulo 9 del Código de Sistemas de Seguridad contra Incendios (FSS) entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.

Aparatos de salvamento

Se han realizado varios ajustes al Capítulo III de SOLAS y al Código de Dispositivos de Salvamento (LSA) asociado:

  • No es necesario que el dispositivo de puesta a flote de los botes de rescate nuevos de menos de 700 kg tenga energía mecánica almacenada, pero su manipulación deberá ser posible por una sola persona.
  • No será necesario realizar pruebas de lanzamiento de los botes salvavidas de caída libre con el barco avanzando a velocidades de hasta 5 nudos en aguas tranquilas, ya que no hay cargas dinámicas adicionales en los medios de lanzamiento.
  • Los botes salvavidas equipados con dos sistemas de propulsión independientes no necesitan estar equipados con remos flotantes.

Las enmiendas se aplicarán a los buques de carga y de pasajeros y entrarán en vigor el 1 de enero de 2024. Se invita a los Estados del pabellón a aplicar voluntariamente antes las disposiciones sobre pruebas de lanzamiento para los botes salvavidas de caída libre.

Buques que utilizan GNL como combustible

El Código internacional de seguridad para buques que utilizan gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF) se ha modificado para reflejar las experiencias adquiridas desde que el código entró en vigor en 2017. Las principales modificaciones abordan:

  • Ataguías para protección contra incendios (Capítulo 6.7)
  • Distribución segura de combustible fuera de los espacios de máquinas (Capítulo 9)
  • Protección contra incendios entre espacios con sistemas de contención de combustible (Capítulo 11)
  • Sistemas fijos de extinción de incendios en espacios de preparación de combustible GNL (Capítulo 11)

Las modificaciones se aplicarán a los buques nuevos que utilicen gas natural como combustible y entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.

Hacia SOLAS 2026

La 105.ª sesión del Comité de Seguridad Marítima de la OMI en abril de 2022 fue la última sesión para adoptar enmiendas a la actualización de 2024 de SOLAS y los códigos obligatorios relacionados. 

Las enmiendas adoptadas menos de 18 meses antes del 1 de enero de 2024 normalmente se trasladarían al siguiente ciclo de cuatro años de entrada en vigor.

Sin embargo, la OMI ha reconocido que la situación de la COVID-19 ha provocado retrasos en algunos trabajos en curso y, por lo tanto, ha introducido un ciclo ad hoc de enmiendas a medio plazo. 

Por tanto, la próxima actualización de SOLAS entrará en vigor el 1 de enero de 2026 e incluirá las modificaciones adoptadas antes del 1 de julio de 2024.

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