Casi 20 años después de que el petrolero Prestige se hundiera frente a las costas gallegas, las compensaciones exigidas por España colean en tribunales y organismos de arbitrajes. 

La aseguradora debe pagar la reclamación española en el derrame de petróleo de Galicia, dice la Corte de la UE.

España obtuvo el lunes el respaldo del tribunal supremo de Europa en su demanda por daños de varios millones de euros contra The London Steam-Ship Owners Mutual Insurance Association por un derrame masivo de petróleo en su costa noroeste hace dos décadas.

El hundimiento en 2002 del petrolero griego Prestige, que navegaba hacia Gibraltar, arrojó unas 63.000 toneladas de combustible negro maloliente a lo largo de la costa de Galicia y obligó al cierre de los caladeros más ricos de España.

Condujo a una larga disputa entre The London Steam-Ship Owners’ Mutual Insurance Association Limited, la aseguradora del buque, y España.

Este último llevó su caso a un tribunal español que posteriormente ordenó a la aseguradora pagar una indemnización, con un tope de mil millones de dólares, por los daños.

La London Steam-Ship Owners’ Mutual Insurance Association Limited, a su vez, inició un procedimiento de arbitraje en Londres, que resultó en un fallo de que España solo podía reclamar daños y perjuicios a través del arbitraje en Londres bajo la ley inglesa.

Luego, España solicitó a un tribunal del Reino Unido que hiciera cumplir el fallo español y obtuvo su respaldo en 2019. La aseguradora apeló, lo que llevó al Tribunal Superior del Reino Unido a buscar orientación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con sede en Luxemburgo.

El TJUE se puso del lado de Madrid.

“El procedimiento arbitral iniciado en el Reino Unido no puede impedir el reconocimiento de la sentencia española que ordena a la aseguradora el pago de una indemnización por los daños causados ​​por el vertido de petróleo”, dijeron los jueces.

“Aceptar que una sentencia dictada en los términos de un laudo arbitral por el cual un tribunal arbitral se declaró competente sobre la base de tal cláusula compromisoria puede impedir el reconocimiento de una sentencia dictada en otro Estado miembro a raíz de una acción directa por daños y perjuicios interpuesta por la parte perjudicada, sería susceptible de privarla de una reparación efectiva por el daño sufrido”, señalaron.

El caso es C-700/20 London Steam-Ship Owners’ Mutual Insurance Association.

Marine Link/El País

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