El Instituto Marítimo Español IME publica el nuevo libro del árbitro marítimo internacional, José María Alcántara González.

Colección de Convenios Internacionales Marítimos

Se trata del Volumen V y último de la Colección de Convenios Internacionales Marítimos, que reúne un total de 59 instrumentos, entre Convenios y Reglas Uniformes.

El Volumen V recoge en su contenido temático, tres aspectos como son la SEGURIDAD, el TRABAJO y el TRAFICO relacionados con la navegación marítima, más uno de carácter general y válido para toda la colección como es el DERECHO DE LOS TRATADOS.

Su presencia en la obra completa es aconsejable, si no obligada, por la importancia de conocer el funcionamiento y régimen de la producción legislativa internacional por medio de Tratados o Convenciones multilaterales.

En cuanto a la SEGURIDAD MARÍTIMA se presenta, con carácter de marco y referencia general y a la vez pormenorizada para los tipos de buques.

SEGURIDAD

Asimismo, el más importante Convenio existente en el Derecho de la Navegación Marítima, a saber, el Convenio SEVIMAR 74/78.

 Su extenso texto se aporta íntegramente a lo largo de más de 300 páginas, de forma que constituye una verdadera enciclopedia en la materia.

SEVIMAR, actualizada periódicamente, es un Convenio permanente, y del mismo derivan otros Convenios más especializados.

Estos son el CSC/72, de fecha anterior, relativo a la seguridad de los contenedores; el FSV/77 relativo a la seguridad de los buques de pesca, con su célebre Protocolo de Torremolinos.

Posterior texto refundido por el Acuerdo de Ciudad de El Cabo 2015.

LOAD LINES/66, muy esencial, dedicado a las líneas de francobordo, con su PROT/88

INMARSAT/76, que sirvió con gran eficacia para el establecimiento y seguimiento de las comunicaciones marítimas por vía satélite.

SUA/88 destinado a la protección de las personas y bienes contra el terrorismo en la mar, determinando una política de actuación contra los actos ilícitos que resultó imprescindible para la seguridad en la navegación marítima.

TRABAJO EN EL MAR

El siguiente grupo viene referido al TRABAJO en los buques reuniendo la labor de dos agencias de las Naciones Unidas.

Primero, de la OMI, es el llamado STCW/78 dedicado a la formación, titulación y guardia de los marinos (la gente de mar).

Representa un índice muy necesario para la capacitación del personal de los buques y, por ende, de valor máximo para la seguridad en la navegación de los mismos.

De la OIT y muy reciente, es el MLC/2006, relativo a las condiciones del trabajo marítimo, muy esperado por la comunidad marítima internacional para superar la parcelación de los convenios laborales de la OIT mediante un Convenio unificador, que ha tenido un enorme éxito de ratificaciones.

TRÁFICO MARÍTIMO

El tercer bloque trata sobre el TRÁFICO MARÍTIMO y su desarrollo material de comercio, enfocado desde distintos puntos de mira.

Así, veremos el Convenio de la UNCTAD para las SHIPPING CONFERENCES/74, de laboriosa génesis, en virtud del cual se consiguió establecer un Código de Conducta para el tráfico conferenciado.

Es decir, organizado en régimen de “conferencias”, a fin de sentar bases justas para la competencia entre las líneas agrupadas en tales unidades comerciales y el resto del tráfico no conferenciado en relación con el transporte marítimo internacional de mercancías.

También, el famoso FAL/65, un Convenio de necesidad práctica para “facilitar” el tráfico marítimo en cuanto afecta a la documentación exigida para las entradas y salidas de los buques en los puertos.

Y el último de este paquete hace referencia a un objetivo por lograr, pero sí dibujado, son las reglas para un Código de Conducta de las SOCIEDADES DE CLASIFICACIÓN DE BUQUES, preparado por el Comité Maritime International en 1997, con alcance privado.

Sin embargo, estimamos posee un indudable interés internacional para el tráfico mercante ya que dichas “class societies” operan como un incentivo de seguridad-calidad para la construcción y el mantenimiento de los buques.

Este no sólo de utilidad para los Aseguradores sino de valor objetivo para las garantías técnicas del tráfico marítimo.

El texto del borrador del CMI se adjuntará en idioma inglés, por corresponder al original y no proponer traducciones que podrían desvirtuar sus matices de contenido.

DERECHO DE LOS TRATADOS

Cierra el Volumen V, el Convenio de Viena de 1969 sobre el DERECHO DE LOS TRATADOS, cuya misión en la obra parecerá oportuna y de un sentido práctico indiscutible a efectos de dimensionar y entender mejor los ejes rectores y los principios jurídicos de los que hemos de servirnos para interpretar el sentido, la eficacia, la vigencia de los Convenios en los Estados parte y el juego de los Convenios entre sí en el orden concreto que nos concierne, es decir, el Derecho Marítimo Internacional.

El Autor

José María Alcántara González. Árbitro de los principales centros marítimos de arbitraje internacional, Ex Councillor del Comité Marítimo Internacional (CMI). Expresidente de la Asociación Española de Derecho Marítimo. Fundador de la firma AMYA Abogados. Fundador y expresidente del International Maritime Conciliation & Mediation Panel (IMCAM Panel). Fundador y expresidente del Instituto Marítimo de Arbitraje y Contratación (IMARCO). Expresidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo (IIDM). Profesor de derecho; conferenciante en Congresos nacionales e internacionales. Autor de numerosos artículos y libros publicados.

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