Skuld ha publicado una lista actualizada de preguntas frecuentes relacionadas con las posibles hostilidades entre Ucrania y Rusia

La aseguradora marítima enfatizó que este no era un consejo específico, señalando que cada caso se basaba en sus propios hechos específicos. 

En el caso de que surja un asunto real, los miembros y asegurados deben ponerse en contacto inmediatamente con el club para obtener más orientación.

Glenn Winter de London Solicitors Winter Scott fue agradecido por su asistencia en la formación y comentario de estas preguntas frecuentes.

1. ¿Tienen actualmente los propietarios derecho a negarse a seguir órdenes de proceder o permanecer en un puerto ucraniano?

En vista del estallido de las hostilidades en varios frentes, ahora es probable que la mayoría de los propietarios/propietarios dispongan de derecho a confiar en las cláusulas de riesgo de guerra en sus partes de la Carta para evitar proceder o permanecer en los puertos ucranianos.

Sin embargo, los Propietarios/ Propietarios Disponentes deben verificar cuidadosamente sus Contratos de Fletamento, ya que los casos pueden ser específicos del contrato.

Además, la posición debe considerarse cuidadosamente en el momento en que se toma una decisión en particular.

También debe hacerse hincapié en que la situación es muy fluida y debe mantenerse continuamente bajo estrecha vigilancia.

2. ¿Son los puertos de Ucrania (en la actualidad) legalmente inseguros?

Algunos puertos (como Mariupol y Odessa) ahora podrían ser inseguros, ya que han sido atacados.

Es discutible que, en este momento, los puertos ucranianos son generalmente inseguros.

La situación debe ser monitoreada y puede cambiar (si, por ejemplo, cesan las hostilidades).

Si los puertos no son seguros, los Propietarios/Propietarios Disponentes tendrían derecho a negarse a proceder o permanecer en dichos puertos y, en virtud de los fletamentos temporales, generalmente tendrían derecho a solicitar pedidos alternativos.

La posición bajo los charters de viaje es más complicada y, dependiendo de los términos y circunstancias particulares del charter:

Los fletadores pueden tener la obligación de nominar un puerto diferente (seguro), los propietarios pueden tener derecho a proceder a un puerto diferente (seguro).

Los propietarios pueden verse obligados a esperar (en un lugar seguro) o la parte de fletamento puede verse frustrada.

3. ¿Qué pasa con los puertos rusos?

Es potencialmente discutible que los Propietarios pueden tener derecho a negarse a dirigirse a los puertos rusos en el Mar de Azov bajo las cláusulas estándar de riesgo de guerra-

Pero es probable que esto dependa de las cláusulas y de cómo se desarrollen los asuntos.

También es potencialmente discutible que los propietarios de buques de bandera ucraniana pueden tener derecho a negarse a dirigirse a un puerto ruso sobre la base de que puede haber un riesgo de incautación.

4. ¿Cómo afectarán las sanciones a los rotularios?

Si las sanciones se imponen de tal manera que la realización de un Charterparty sea ilegal, el Charterparty probablemente se trataría como si se frustrara (por ilegalidad supervenida), a menos que exista una cláusula de sanciones como la Cláusula de Sanciones BIMCO para las Partes de La Carta de Tiempo 2020 o la Cláusula de Sanciones de BIMCO para las Partes de La Carta de Viaje 2020 (en cuyo caso los Propietarios pueden estar en incumplimiento si ellos u otros intereses del buque se sancionan y los Fletadores pueden ser sancionados. estar en incumplimiento si ellos, los Sub-Fletadores, cargadores, receptores o intereses de carga son sancionados).

Ya se han introducido algunas sanciones, pero se esperan más sanciones, con la UE citada afirmando que está preparando un “paquete masivo de sanciones” y el Reino Unido confirmando que se anunciarán sanciones severas en oleadas en los próximos días.

Por lo tanto, la posición debe mantenerse bajo estrecha revisión.

5. ¿Qué pasa si los buques quedan atrapados en el Mar de Azov?

El Charterparty se frustraría si el retraso y el retraso prospectivo son tan largos como para cambiar radicalmente la naturaleza del contrato, a menos que cualquiera de las partes incumpliera (lo que sería el caso si los Fletadores, por ejemplo, incumplieran sus obligaciones de puerto seguro).

En ausencia de una violación o un evento frustrante, la pérdida generalmente radicará donde cae, de modo que los Fletadores estarían obligados a pagar el alquiler bajo un Contrato de Fletamento de Tiempo, pero los Propietarios no tendrían derecho a recuperar los costos de detención bajo un Contrato de Fletamento de Viaje.

6. ¿Qué pasa si los buques no pueden entrar en el Mar de Azov debido a las restricciones rusas?

Una fiesta de fletamento de tiempo continuaría, con los fletadores con derecho a intercambiar el buque en otro lugar.

Un Voyage Charterparty puede verse frustrado si el retraso y la posible demora que implica proceder a un puerto designado en el Mar de Azov son tan largos como para cambiar radicalmente la naturaleza del contrato.

La última inteligencia indica que hay restricciones que afectan al Mar de Azov y algunas áreas del Mar Negro que pueden causar interrupciones.

Sin embargo, el alcance de estas restricciones no está claro actualmente, por lo que la posición debe mantenerse urgentemente bajo revisión.

7. ¿Cuál es la situación del seguro con respecto a los pasivos, costos o gastos causados por la guerra?

Los pasivos, costos o gastos de riesgo de guerra generalmente se excluyen bajo la cobertura estándar de P&I.

Sin embargo, el IG ha dispuesto una política de guerra excesiva para todos los miembros mutuos.

Aplica el exceso del valor de la embarcación o $ 500 millones, lo que sea menor, y tiene un límite de cobertura de $ 500 millones.

8. ¿Qué deben tener en cuenta los propietarios y fletadores antes de entrar en un nuevo Charterparty?

Si los Propietarios no desean comerciar con Ucrania o el Mar de Azov durante el período de fletamento, estos lugares deben excluirse expresamente de las áreas comerciales permitidas.

Los propietarios también deben asegurarse de que las partes de la Carta contengan riesgos de guerra favorables y cláusulas de sanciones.

Por el contrario, si (en un fletamento a largo plazo) los fletadores desean que el buque comercie con Ucrania o el Mar de Azov en el futuro, deben insertar una cláusula clara que les permita hacerlo.

Si (debido a sus requisitos comerciales particulares), los fletadores están preocupados por los posibles riesgos de guerra o las sanciones que afectan negativamente a su posición, no deben aceptar cláusulas estándar (pro-propietario), sino insertar cláusulas que protejan sus intereses (por ejemplo, permitiéndoles terminar en circunstancias apropiadas).

Skuld

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