Lamentablemente, ahora está claro que ha estallado un conflicto armado entre Ucrania y Rusia. Los acontecimientos se mueven rápidamente y es difícil tener una idea clara de lo que está sucediendo sobre el terreno. Sin embargo, a la luz de la nueva situación, actualizamos las preguntas frecuentes a continuación para que nuestros miembros y asegurados puedan seguir teniendo orientación general sobre algunas preguntas fundamentales. Tenga en cuenta que este no es un consejo específico, y cada caso gira en torno a sus propios hechos específicos. En caso de que surjan problemas reales, los socios y asegurados deben comunicarse de inmediato con el club para obtener más orientación.

Nos gustaría agradecer a Glenn Winter de Winter Scott, London Solicitors, por la ayuda en la formación y comentarios sobre estas preguntas frecuentes.

1. ¿Tienen actualmente los propietarios derecho a negarse a seguir las órdenes de continuar o permanecer en un puerto ucraniano?

En vista del estallido de hostilidades en una serie de frentes, ahora es probable que la mayoría de los armadores/armadores enajenables tengan derecho a confiar en las cláusulas de riesgo de guerra de sus contratos de fletamento para evitar dirigirse o permanecer en los puertos ucranianos.

Sin embargo, los Propietarios/Propietarios enajenables deben verificar cuidadosamente sus contratos de fletamento, ya que los casos pueden ser específicos del contrato. Además, la posición debe ser cuidadosamente considerada en el momento de tomar una decisión en particular.

También se debe enfatizar que la situación es muy cambiante y se debe mantener continuamente bajo estrecha vigilancia.

2. ¿Son los puertos en Ucrania (actualmente) legalmente inseguros?

Algunos puertos (como Mariupol y Odessa) ahora podrían no ser seguros, ya que es posible que hayan sido atacados. Es discutible que, en este momento, los puertos ucranianos son generalmente inseguros, pero la situación debe ser monitoreada y puede cambiar (si, por ejemplo, cesan las hostilidades).

Si los puertos no son seguros, los Propietarios/Propietarios enajenables tendrían derecho a negarse a continuar o permanecer en dichos puertos y, en virtud de los fletamentos por tiempo, generalmente tendrían derecho a solicitar órdenes alternativas. La posición bajo los fletamentos por viaje es más complicada y, según los términos y circunstancias particulares del fletamento, los fletadores pueden tener la obligación de designar un puerto (seguro) diferente, los propietarios pueden tener derecho a dirigirse a un puerto (seguro) diferente, los propietarios pueden ser obligado a esperar (en un lugar seguro), o el Charterparty puede ser frustrado.

3. ¿Qué pasa con los puertos rusos?

Es potencialmente discutible que los Propietarios puedan tener derecho a negarse a dirigirse a los puertos rusos en el Mar de Azov según las cláusulas estándar de riesgo de guerra, pero es probable que esto dependa de las cláusulas y de cómo se desarrollen las cosas.

También es potencialmente discutible que los propietarios de buques con pabellón ucraniano puedan tener derecho a negarse a dirigirse a un puerto ruso sobre la base de que puede haber riesgo de incautación.

4. ¿Cómo afectarán las sanciones a los Charterparties?

Si las sanciones se imponen de tal manera que hacen que el cumplimiento de un contrato de fletamento sea ilegal, el contrato de fletamento probablemente se trataría como si estuviera frustrado (por ilegalidad sobreviniente), a menos que exista una cláusula de sanciones como la Cláusula de sanciones de BIMCO para las partes de fletamento por tiempo. 2020 o BIMCO Sanctions Clause for Voyage Charter Parties 2020 (en cuyo caso los Propietarios pueden estar incumpliendo si ellos mismos o los intereses de otra embarcación son sancionados y los Fletadores pueden estar incumpliendo si ellos, Sub-fletadores, Transportistas, Receptores o Intereses de carga son sancionados).

Ya se han introducido algunas sanciones, pero se esperan más sanciones y se cita que la UE afirma que está preparando un ” paquete masivo de sanciones ” y el Reino Unido confirma que se anunciarán sanciones severas en oleadas en los próximos días. Por lo tanto, la posición debe mantenerse bajo estrecha revisión.

5. ¿Qué pasa si los barcos quedan atrapados en el Mar de Azov?

El Charterparty se sentiría frustrado si la demora y la posible demora son tan prolongadas como para cambiar radicalmente la naturaleza del contrato, a menos que cualquiera de las partes haya incumplido (lo que sería el caso si los Fletadores, por ejemplo, hubieran incumplido sus obligaciones de puerto seguro). ). En ausencia de un incumplimiento o un evento frustrante, la pérdida generalmente estará donde ocurra, de modo que los fletadores estarían obligados a pagar el alquiler en virtud de un contrato de fletamento por tiempo, pero los propietarios no tendrían derecho a recuperar los costos de detención en virtud de un contrato de fletamento por viaje.

6. ¿Qué sucede si los barcos no pueden ingresar al Mar de Azov debido a las restricciones rusas?

Continuaría una fiesta de fletamento por tiempo, y los fletadores tendrían derecho a comercializar el buque en otro lugar. Un contrato de fletamento por viaje puede verse frustrado si la demora y la posible demora involucrada en proceder a un puerto designado en el Mar de Azov son tan prolongadas como para cambiar radicalmente la naturaleza del contrato.

La inteligencia más reciente indica que existen restricciones que afectan al Mar de Azov y algunas áreas del Mar Negro que pueden causar interrupciones. Sin embargo, el alcance de estas restricciones actualmente no está claro, por lo que la posición debe mantenerse bajo revisión urgente.

7. ¿Cuál es la posición del seguro con respecto a las responsabilidades, costos o gastos causados ​​por la guerra?

Por supuesto, los pasivos, costos o gastos de riesgo de guerra generalmente están excluidos bajo la Cobertura P&I estándar. Sin embargo, el IG ha dispuesto una política de exceso de Guerra para todos los miembros de la mutua. Aplica exceso del valor de la nave o USD 500 millones, el que sea menor, y tiene un límite de cobertura de USD 500 millones. Puede encontrar más información en esta Circular .

8. ¿Qué deben tener en cuenta los Armadores y Fletadores antes de contratar un nuevo Fletamento?

Si los Armadores no desean comerciar con Ucrania o el Mar de Azov durante el período de fletamento, estos lugares deben excluirse expresamente de las áreas comerciales permitidas.

Los armadores también deben asegurarse de que los contratos de fletamento contengan cláusulas favorables sobre riesgos de guerra y sanciones.

Por el contrario, si (en un fletamento a largo plazo) los fletadores desean que el buque comercie con Ucrania o el mar de Azov en el futuro, deben insertar una cláusula clara que les permita hacerlo.

Si (debido a sus requisitos comerciales particulares), los fletadores están preocupados por posibles riesgos de guerra o sanciones que afecten negativamente a su posición, no deben aceptar cláusulas estándar (pro-propietario) sino insertar cláusulas que protejan sus intereses (por ejemplo, permitiéndoles rescindir en circunstancias apropiadas).

Descargo de responsabilidad

El artículo anterior ha sido producido por o en cooperación con corresponsales u otras fuentes externas y se reproduce aquí con su amable permiso solo con fines de información general. Skuld

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